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    Medidas SEPE Contratos formació por COVID-19

    Ref.

     

    16 de marzo de 2020

    Por parte de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas se están adoptando determinadas medidas preventivas y recomendaciones en relación con la situación y evolución del coronavirus, entre las que se incluye la suspensión de la actividad de los centros educativos.

    En cuanto a la formación presencial de los contratos para la formación y el aprendizaje la administración laboral adopta las siguientes medidas:

    - La suspensión de la formación no implicará la suspensión del contrato ni el incremento de la duración acordada. El trabajador podrá trabajar las 40 h/semanales a hasta que se reanude la formación.

    - La formación aplazará o concentrará de manera que se pueda impartir tras la suspensión, con el límite en todo caso de la duración acordada en el contrato.

    - Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones para compensar los costes de la actividad formativa y de tutorización en la empresa del trabajador correspondientes a el periodo de suspensión de la actividad formativa presencial.

    Información publicada por el SEPE.

    Guía Laboral para afrontar el coronavirus en las empresas.